miércoles, 14 de octubre de 2009

empresa y su clasificación

· Empresa y su clasificación desde el punto de vista legal, económico, tipo de actividad y forma de asociación: Desde el punto de vista jurídico existen empresarios individuales y sociedades mercantiles. Deben inscribirse en el Registro Mercantil. Tienen que abonar además cada tres meses en la Delegación de Hacienda el IVA. En cuanto a las sociedades mercantiles, que actúan económica y jurídicamente como una persona física, y han de pagar el Impuesto de Sociedades, existen tres tipos: las sociedades colectivas en la que las personas que la forman responden con su patrimonio, las sociedades limitadas en la que las personas que la componen no han de responder con su patrimonio privado pero que exigen, para su constitución, un capital social mínimo (las aportaciones de los socios pueden ser en forma de trabajo personal: socio industrial), y la sociedades anónimas, que se constituyen con la aportación de diversos socios. Las aportaciones de éstos (acciones), les van a dar derecho a participar en los beneficios de la empresa (dividendos), y pueden ser objeto de compra y de venta en el mercado bursátil (Bolsa). Por otro lado los socios pueden participar en las decisiones de la empresa a través de la Junta de Accionistas. Para constituir una sociedad anónima es preciso disponer de un elevado capital social. Por sectores económicos: Extractivas: Dedicadas a explotar recursos naturales. Ejemplo: Cerrejón, Ecopetrol, Minas de Oro del Chocó. Servicios: Entregarle sus servicios o la prestación de estos a la comunidad. Ejemplo: Clínicas, salones de belleza, transportes. Comercial: Desarrolla la venta de los productos terminados en la fábrica. Ejemplo: Cadenas de almacenes Ley, La 14, Carrefour etc. Agropecuaria: Explotación del campo y sus recursos. Ejemplo: Hacienda, agroindustria. Industrial: Transforma la materia prima en un producto terminado.Ejemplo: Acerías Paz del Río, Ingenio Risaralda. Unipersonales: Se conforma con la presencia de una sola Persona Natural o Jurídica, que destina parte de sus activos para la realización de una o varias actividades mercantiles. Su nombre debe ser una denominación o razón social, seguida de la expresión "Empresa Unipersonal" o de la sigla "E.U", si no se usa la expresión o su sigla, el contribuyente responde con todos sus bienes aunque no estén vinculados a la citada empresa. Sociedades: Todas para su constitución exigen la participación como dueño de más de una persona lo que indica que mínimo son dos (2) por lo general corresponden al régimen común.

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